lunes, 26 de abril de 2010

Nace un megaproblema para la megaminería (y la sojización del campo)


Por Darío Aranda  
25/04/10

En diciembre de 2009, la Justicia de Santa Fe dictó un fallo inédito, con posibles impactos en el modelo agropecuario de la Argentina, al dejar firme una sentencia que prohíbe las fumigaciones con glifosato en cercanías de zonas urbanas de la ciudad de San Jorge, en el oeste provincial. La medida fue decidida por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial (Sala II) de Santa Fe, que dio otro paso inédito: ordenó que el gobierno de Santa Fe y la Universidad Nacional del Litoral (UNL) demuestren, en el lapso de seis meses, que los agroquímicos no son perjudiciales para la salud. El 23 de febrero pasado, el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy, República Argentina, emitió un fallo que sienta precedente en los cuestionamientos sobre la minería a gran escala. Hace hincapié en el principio precautorio –ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable es necesario tomar medidas protectoras– e invierte la carga de la prueba: las poblaciones cercanas a los yacimientos no deberán probar los perjuicios sino que el gobierno y las empresas tienen que aportar pruebas ciertas de que la actividad extractiva no afecta ni afectará el medio ambiente. SP.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Jujuy, máximo órgano judicial de la provincia, emitió un fallo que sienta precedente en los cuestionamientos sobre la minería a gran escala. Hace hincapié en el principio precautorio –ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable es necesario tomar medidas protectoras– e invierte la carga de la prueba: las poblaciones cercanas a los yacimientos no deberán probar los perjuicios sino que el gobierno y las empresas tienen que aportar pruebas ciertas de que la actividad extractiva no afecta ni afectará el medio ambiente. “La sentencia cambió el paradigma jurídico al introducir el derecho ambiental en la actividad minera”, afirmó Alicia Chalabe, abogada patrocinante, y explicó que “existen muchísimas causas en las provincias por la acción negativa de la megaminería, pero siempre los juzgados interponen el Código Minero y no dan cabida al derecho ambiental. El Superior Tribunal de Jujuy, en sus fundamentos, es totalmente innovador y pionero”. La medida responde a una apelación de vecinos de Tilcara, que habían presentado un recurso de amparo para frenar el avance de una empresa minera en la Quebrada de Humahuaca. El Tribunal Contencioso Administrativo había rechazado el pedido de los autoconvocados, pero ahora el máximo tribunal de Jujuy cuestionó duramente a los jueces de primera instancia, les ordenó que revean el caso y los instó a “ajustarse a derecho” (tener en cuenta las leyes y jurisprudencia vigente).

“Hasta tanto se demuestre (...) que no existe la posibilidad o el peligro cierto de que las tareas que se realicen en la zona produzcan contaminación o conlleven daño ambiental, es deber de los jueces (...) proveer de inmediato al resguardo y hacer efectiva la tutela judicial o protección de los intereses colectivos, tratándose de un derecho humano fundamental, tanto de quienes allí habitan como de todos los habitantes, a un medio ambiente sano y sin contaminación, efectuando lo que fuera menester para evitarla”, afirma el Superior Tribunal de la provincia.
“Hace ya mucho tiempo se expresó que el principio de precaución en materia ambiental plantea que la incertidumbre científica no debe ser excusa para la adopción de medidas que tiendan a evitar la posibilidad cierta de la recurrencia de un daño ambiental grave ni para convalidar las acciones u omisiones humanas potencialmente dañosas”, remarca el máximo tribunal provincial y afirma que “es deber de todos coincidir en que esos daños (al medio ambiente) se prevengan, ya que una vez producidos resultan en la práctica de una casi imposible reparación”.

Vecinos de Tilcara realizaron marchas, encuentros, talleres y campañas de información sobre lo que implica la actividad minera a gran escala. En agosto de 2008, ocho vecinos sumaron otra acción: presentaron un recurso de amparo. Exigían que el Estado provincial no otorgara más permisos de cateos, exploración y explotación minera a cielo abierto, pedían la prohibición de utilización de sustancias químicas como cianuro, mercurio y ácido sulfúrico, entre otras, y solicitaron que se cancelaran los permisos concedidos en la Quebrada de Humahuaca. Apuntaban directamente a los permisos de cateos y exploración otorgados a la empresa Uranios del Sur, que abarcaba una superficie de 14.100 hectáreas en la zona de los “amarillos”, perteneciente a las comunidades indígenas Yacoraite y El Angosto de Yacoraite, departamento de Tilcara.

En abril de 2009, la Cámara Contencioso Administrativo (integrada por Sebastián Damiano, Benjamín Villafañe y Luis Oscar Morales) rechazó el amparo vecinal. Ahora, el máximo tribunal lo criticó: “La sentencia no se ajustó a derecho vigente y, por el contrario, adoleció del vicio de arbitrariedad, por ser incongruente y autocontradictoria”, lamenta el Superior Tribunal de Justicia, y precisa que los jueces “desatendieron e ignoraron” la existencia de presuntos daños ambientales en ocho causas penales, asentadas en los juzgados federales de Jujuy.
“Es inadmisible el rechazo (del amparo) ejercido por no haberse arrimado prueba, según el criterio del Juzgado Contencioso Administrativo”, cuestiona el máximo tribunal provincial, y reitera la necesidad de invertir la carga de la prueba, responsabilizando al gobierno provincial y al sector privado: “De acuerdo a la doctrina y jurisprudencia (...) en caso de probables, posibles o bien que puedan presumirse ya provocado un daño ambiental por contaminación deberá acreditar su inexistencia no sólo quien esté en mejores condiciones de hacerlo sino quien precisamente sostiene tan ciegamente que tal contaminación no existe”. Y carga contra el gobierno por no haber aportado, en su defensa, un estudio técnico que asegure que no existe ni existirá contaminación por la actividad minera. Desde el gobierno jujeño no respondieron las consultas sobre el fallo.

El Tribunal Superior señala que los daños ambientales obligan al sistema judicial a “dejar moldes ortopédicos (...) y elaborar nuevas respuestas legales para brindar una adecuada respuesta desde la perspectiva jurídica”. Explica que, siempre en daños ambientales, no se trabaja sólo con la certeza “sino que se apunta a la probabilidad”.
La sentencia del Superior Tribunal de Justicia es del 23 de febrero pasado, pero recién fue dada a conocer ahora. El dictamen se basó en los argumentos expuestos por el juez del tribunal a cargo del expediente, Héctor Tizón, quien fundamentó con aspectos jurídicos ambientales y remarcó la importancia de seguir el principio precautorio, artículo 4 de la Ley General del Ambiente (25.675). El juez avanzó un paso más al utilizar el concepto de “daños generacionales”, enmarcado en el derecho ambiental moderno, que consiste en “aquellos que por su magnitud repercuten no sólo en la generación actual sino que sus efectos van a impactar en las generaciones futuras”.
“El Tribunal Superior agrega suficiente argumentación legal como para ser usada en otras medidas judiciales del país, aporta un marco legal importante y marcará precedente en cuestiones ambientales”, explicó Movida Nimuendaju, otra de las organizaciones sociales de Jujuy que lucha contra la megaminería.

La exploración minera cuestionada ocurre en la Quebrada de Humahuaca, declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco en 2003. El fallo también aborda ese aspecto. “Resulta un absurdo contrasentido permitir nuevas explotaciones, como las mineras a cielo abierto, en un territorio declarado Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, ya que ese título es revocable (...) y causaría seguramente daños a la infraestructura turística ya realizada”.

Los Vecinos Autoconvocados de Tilcara y Juella celebraron la revocación del fallo de primera instancia y resaltaron la importancia de la trama argumentativa, que alude a leyes y conceptos ambientales que nunca habían tenido cabida en un tribunal máximo. “La gran minería a cielo abierto es la peor opción de ‘progreso’ para nuestra provincia. Mueve mucho dinero pero entre pocas personas, contamina el medio ambiente, usa millones de litros de agua diarios, perjudica la agricultura y la ganadería, arruina la vida en el campo”, afirman.
Los Autoconvocados consideran un gran paso el fallo, y explican que el Juzgado de Primera Instancia debiera hacer propio lo señalado por el Superior Tribunal, pero prefieren esperar los hechos. “No tiene fecha para expedirse, por lo cual hay un riesgo de que la causa duerma en un cajón”, alertó la abogada patrocinante, Alicia Chalabe, y llamó la atención sobre “gran poder de lobby de las empresas mineras”.

El juez que hizo eje en el derecho ambiental, Héctor Tizón, dejó el máximo tribunal (se jubiló una semana después del fallo). Abogado y escritor, Tizón fue el claro impulsor del innovador fallo, aunque en minoría. Los jueces José Manuel del Campo, María Silvia Bernal, Sergio Jenefes y Sergio González apoyaron la sentencia, aunque no adhirieron a la argumentación. Sin embargo, como no explicaron cuáles eran sus argumentos, se impusieron los fundamentos explicitados por Tizón, a cargo del expediente. El voto de esos cuatro jueces también es un factor de alerta de los Vecinos Autoconvocados.

Darío Aranda es un periodista argentino que escribe para Página 12.

sábado, 24 de abril de 2010

Hacia la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza



Alberto Acosta
 
ALAI AMLATINA, 16/04/2010.- En los Derechos de la Naturaleza el centro está puesto en la Naturaleza. Esta vale por sí misma, independientemente de la utilidad o usos del ser humano, que forma parte de la Naturaleza.
 
La compleja construcción de un proyecto de vida en común
 
Toda Constitución sintetiza un momento histórico. En toda Constitución se cristalizan procesos sociales acumulados. Y en toda Constitución se plasma una determinada forma de entender la vida. Una Constitución, sin embargo, no hace a una sociedad. Es la sociedad la que elabora la Constitución y la adopta casi como una hoja de ruta. Una Constitución, más allá de su indudable trascendencia jurídica, es ante todo un proyecto político de vida en común, que debe ser puesto en vigencia con el concurso activo de la sociedad.
 
Desde esta perspectiva, la Constitución ecuatoriana -construida colectivamente en los años 2007 y 2008-, fiel a las demandas acumuladas en la sociedad, consecuente con las expectativas creadas, responsable con los retos globales, se proyecta como medio e incluso como un fin para dar paso a cambios estructurales. En su contenido afloran múltiples definiciones para impulsar transformaciones de fondo, a partir de propuestas construidas a lo largo de muchas décadas de resistencias y de luchas sociales. Transformaciones, muchas veces, imposibles de aceptar (e inclusive de entender) por parte de los constitucionalistas tradicionales y de quienes a la postre ven como sus privilegios están en peligro. Una de esas “novedades” se plasma en los Derechos de la Naturaleza.
 
La Naturaleza en el centro del debate
 
La acumulación material -mecanicista e interminable de bienes-, apoltronada en “el utilitarismo antropocéntrico sobre la Naturaleza”- al decir del uruguayo Eduardo Gudynas-, no tiene futuro. Los límites de los estilos de vida sustentados en esta visión ideológica del progreso son cada vez más notables y preocupantes. No se puede seguir asumiendo a la Naturaleza como un factor de producción para el crecimiento económico o como un simple objeto de las políticas de desarrollo.
 
Esto nos conduce a aceptar que la Naturaleza, en tanto término conceptualizado por los seres humanos, debe ser reinterpretada y revisada íntegramente. Para empezar la humanidad no está fuera de la Naturaleza. La visión dominante, incluso al definir la Naturaleza sin considerar a la humanidad como parte integral de la misma, ha abierto la puerta para dominarla y manipularla. Se le ha transformado en recursos o en “capital natural” a ser explotados. Cuando, en realidad, la Naturaleza puede existir sin seres humanos…
 
En este punto hay que rescatar las dimensiones de la sustentabilidad. Esta exige una nueva ética para organizar la vida misma. Un paso clave, los objetivos económicos deben estar subordinados a las leyes de funcionamiento de los sistemas naturales, sin perder de vista el respeto a la dignidad humana y la mejoría de la calidad de vida de las personas.
 
Un proceso histórico de ampliación de los derechos
 
A lo largo de la historia, cada ampliación de los derechos fue anteriormente impensable. La emancipación de los esclavos o la extensión de los derechos civiles a los afroamericanos, a las mujeres y a los niños fueron una vez rechazadas por los grupos dominantes por ser consideradas como un absurdo. Para la abolición de la esclavitud se requería que se reconozca “el derecho de tener derechos”, lo que exigía un esfuerzo político para cambiar aquellas leyes que negaban esos derechos. Para liberar a la Naturaleza de esta condición de sujeto sin derechos o de simple objeto de propiedad, es entonces necesario un esfuerzo político que reconozca que la Naturaleza es sujeto de derechos. Este aspecto es fundamental si aceptamos que todos los seres vivos tienen el mismo derecho ontológico a la vida.
 
Esta lucha de liberación es, ante todo, un esfuerzo político que empieza por reconocer que el sistema capitalista destruye sus propias condiciones biofísicas de existencia. Dotarle de Derechos a la Naturaleza significa, entonces, alentar políticamente su paso de objeto a sujeto, como parte de un proceso centenario de ampliación de los sujetos del derecho. Si se le aseguran derechos a la Naturaleza se consolida el “derecho a la  existencia” de los propios seres humanos, como anotaba en 1988 el jurista suizo Jörg Leimbacher.
 
Del actual antropocentrismo debemos transitar, al decir de Gudynas, al biocentrismo. Esto implica organizar la economía preservando la integridad de los procesos naturales, garantizando los flujos de energía y de materiales en la biosfera, sin dejar de preservar la biodiversidad.
 
Estos planteamientos ubican con claridad por donde debería marchar la construcción de una nueva forma de organización de la sociedad. Pero, no será fácil. Sobre todo en la medida que ésta afecta los privilegios de los círculos de poder nacionales y transnacionales, éstos harán lo imposible para tratar de detener este proceso. Esta reacción, lamentablemente, también se nutre de algunas acciones y decisiones del gobierno de Rafael Correa, quien alentó con entusiasmo el proceso constituyente y la aprobación popular de la Constitución de Montecristi, pero que con algunas de las leyes aprobadas posteriormente, por ejemplo la Ley de Minería o la Ley de Soberanía Alimentaria, sin dar paso a la conformación del Estado plurinacional, en una suerte de contrarrevolución legal, atenta contra varios de los principios constitucionales.
 
Una declaración pionera a nivel mundial
 
Al reconocer a la Naturaleza como sujeto de derechos, en la búsqueda de ese necesario equilibrio entre la Naturaleza y las necesidades y derechos de los seres humanos, enmarcados en el principio del Buen Vivir, se supera la clásica versión jurídica. Y para conseguirlo nada mejor que diferenciar los Derechos Humanos de los Derechos de la Naturaleza, tal como lo plantea Gudynas.
 
En los Derechos Humanos el centro está puesto en la persona. Se trata de una visión antropocéntrica. En los derechos políticos y sociales, es decir de primera y segunda generación, el Estado le reconoce a la ciudadanía esos derechos, como parte de una visión individualista e individualizadora. En los derechos económicos, culturales y ambientales, conocidos como derechos de tercera generación, se incluye el derecho a que los seres humanos gocen de condiciones sociales equitativas y de un medioambiente sano y no contaminado. Se procura evitar la pobreza y el deterioro ambiental.
 
Los derechos de primera generación se enmarcan en la visión clásica de la justicia: imparcialidad ante la ley, garantías ciudadanas, etc. Para cristalizar los derechos económicos y sociales se da paso a la justicia re-distributiva o justicia social, orientada a resolver la pobreza. Los derechos de tercera generación configuran, además, la justicia ambiental, que atiende sobre todo demandas de grupos pobres y marginados en defensa de la calidad de sus condiciones de vida afectada por destrozos ambientales. En estos casos, cuando hay daños ambientales, los seres humanos pueden ser indemnizados, reparados y/o compensados.
 
En los Derechos de la Naturaleza el centro está puesto en la Naturaleza. Esta vale por sí misma, independientemente de la utilidad o usos del ser humano, que forma parte de la Naturaleza. Esto es lo que representa una visión biocéntrica. Estos derechos no defienden una Naturaleza intocada, que nos lleve, por ejemplo, a dejar de tener cultivos, pesca o ganadería. Estos derechos defienden mantener los sistemas de vida, los conjuntos de vida. Su atención se fija en los ecosistemas, en las colectividades, no en los individuos. Se puede comer carne, pescado y granos, por ejemplo, mientras me asegure que quedan ecosistemas funcionando con sus especies nativas.
 
A los Derechos de la Naturaleza se los llama derechos ecológicos para diferenciarlos de los derechos ambientales de la opción anterior. En la nueva Constitución ecuatoriana -no así en la boliviana- estos derechos aparecen en forma explícita como Derechos de la Naturaleza, así como derechos para proteger las especies amenazadas y las áreas naturales o restaurar las áreas degradadas. También es trascendente la incorporación del término Pacha Mama, como sinónimo de Naturaleza, en tanto reconocimiento de interculturalidad y plurinacionalidad.
 
En este campo, la justicia ecológica pretende asegurar la persistencia y sobrevivencia de las especies y sus ecosistemas, como redes de vida. Esta justicia es independiente de la justicia ambiental. No es de su incumbencia la indemnización a los humanos por el daño ambiental. Se expresa en la restauración de los ecosistemas afectados. En realidad se deben aplicar simultáneamente las dos justicias: la ambiental para las personas, y la ecológica para la Naturaleza.
 
Siguiendo con las reflexiones de Gudynas, los Derechos de la Naturaleza necesitan y a la vez originan otro tipo de definición de ciudadanía, que se construye en lo social pero también en lo ambiental. Estas ciudadanías son plurales, ya que dependen de las historias y de los ambientes, acogen criterios de justicia ecológica que superan la visión tradicional de justicia.
 
La proyección de los Derechos de la Naturaleza
 
De los Derechos de la Naturaleza, asumidos en la Constitución ecuatoriana, se derivan decisiones trascendentales. Uno clave tiene que ver con procesos de desmercantilización de la Naturaleza, como han sido la privatización del agua, así como de sus sistemas de distribución y abastecimiento. Igualmente se exige la eliminación de criterios mercantiles para utilizar los servicios ambientales. La restauración integral de los ecosistemas degradados es otro de los pasos revolucionarios adoptados.
 
La soberanía alimentaria se transforma en eje conductor de las políticas agrarias e incluso de recuperación del verdadero patrimonio nacional: su biodiversidad. Incluso se reclama la necesidad de conseguir la soberanía energética, sin poner en riesgo la soberanía alimentaria o el equilibrio ecológico.
 
Si aceptamos que es necesaria una nueva ética para reorganizar la vida en el planeta, resulta indispensable agregar a la justicia social y la justicia ambiental, la justicia ecológica. En otras palabras, los Derechos Humanos se complementan con los Derechos de la Naturaleza, y viceversa.
 
De los Andes al mundo
 
El mandato de los Derechos de la Naturaleza nos invita a pensar y realizar una integración regional de nuevo cuño. Y desde esta perspectiva, desde Nuestra América habrá que levantar la tesis de una pronta Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza, compromiso que podrá encontrar un espaldarazo en el marco de la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra, convocada por el presidente Evo Morales.
 
Nuestra responsabilidad es grande y compleja. Al tiempo que condenamos los sistemas y las prácticas depredadoras forjadas en el capitalismo metropolitano, debemos condenar por igual y superar las diversas formas de extractivismo que consolidan la sumisión de nuestros países en el mercado mundial, en tanto productores y exportadores de materias primas. Este extractivismo, para nada superado en nuestros países, seguirá hundiendo en la miseria a los pueblos y agravando los problemas ambientales.
 
En suma, está en juego el Buen Vivir (sumak kausay o suma qamaña), relacionado estrechamente con los Derechos de la Naturaleza. Estos derechos, sumados a los Derechos Humanos, nos conminan a construir democráticamente sociedades sustentables. Y esas sociedades se lograrán a partir de ciudadanías plurales pensadas también desde lo ambiental, en las que el ser humano y las diversas colectividades de seres humanos coexistan en armonía con la Naturaleza.

-Alberto Acosta es Economista ecuatoriano. Profesor e investigador de la FLACSO. Consultor internacional. Ex-ministro de Energía y Minas. Ex-presidente de la Asamblea Constituyente.

Publicado en América Latina en Movimiento Nº 454, abril de 2010, “Por un nuevo amanecer para la Madre Tierra”, coedición ALAI – Fundación Solón.


miércoles, 21 de abril de 2010

LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y LA TIERRA


Abril 20, 2010 in Prensa
Eduardo Galeano
Lamentablemente, no podré estar con ustedes. Ojalá se pueda hacer todo lo posible, y lo imposible también, para que la Cumbre de la Madre Tierra sea la primera etapa hacia la expresión colectiva de los pueblos que no dirigen la política mundial, pero la padecen.
Ojalá seamos capaces de llevar adelante estas dos iniciativas del compañero Evo [Morales, presidente de Bolivia], el Tribunal de la Justicia Climática y el Referéndum Mundial contra un sistema de poder fundado en la guerra y el derroche, que desprecia la vida humana y pone bandera de remate a nuestros bienes terrenales.
Ojalá seamos capaces de hablar poco y hacer mucho. Graves daños nos ha hecho, y nos sigue haciendo, la inflación palabraria, que en América Latina es más nociva que la inflación monetaria. Y también, y sobre todo, estamos hartos de la hipocresía de los países ricos, que nos están dejando sin planeta mientras pronuncian pomposos discursos para disimular el secuestro.
Hay quienes dicen que la hipocresía es el impuesto que el vicio paga a la virtud. Otros dicen que la hipocresía es la única prueba de la existencia del infinito. Y el discurserío de la llamada “comunidad internacional” , ese club de banqueros y guerreros, prueba que las dos definiciones son correctas.
Yo quiero celebrar, en cambio, la fuerza de verdad que irradian las palabras y los silencios que nacen de la comunión humana con la naturaleza. Y no es por casualidad que esta Cumbre de la Madre Tierra se realiza en Bolivia, esta nación de naciones que se está redescubriendo a sí misma al cabo de dos siglos de vida mentida.
Bolivia acaba de celebrar los diez años de la victoria popular en la guerra del agua, cuando el pueblo de Cochabamba fue capaz de derrotar a una todopoderosa empresa de California, dueña del agua por obra y gracia de un Gobierno que decía ser boliviano y era muy generoso con lo ajeno.
Esa guerra del agua fue una de las batallas que esta tierra sigue librando en defensa de sus recursos naturales, o sea: en defensa de su identidad con la naturaleza. Bolivia es una de las naciones americanas donde las culturas indígenas han sabido sobrevivir, y esas voces resuenan ahora con más fuerza que nunca, a pesar del largo tiempo de la persecución y del desprecio.
El mundo entero, aturdido como está, deambulando como ciego en tiroteo, tendría que escuchar esas voces.
Ellas nos enseñan que nosotros, los humanitos, somos parte de la naturaleza, parientes de todos los que tienen piernas, patas, alas o raíces.
La conquista europea condenó por idolatría a los indígenas que vivían esa comunión, y por creer en ella fueron azotados, degollados o quemados vivos.
Obstáculo al progreso
Desde aquellos tiempos del Renacimiento europeo, la naturaleza se convirtió en mercancía o en obstáculo al progreso humano. Y hasta hoy, ese divorcio entre nosotros y ella ha persistido, a tal punto que todavía hay gente de buena voluntad que se conmueve por la pobre naturaleza, tan maltratada, tan lastimada, pero viéndola desde afuera. Las culturas indígenas la ven desde adentro.
 Viéndola, me veo. Lo que contra ella hago, está hecho contra mí. En ella me encuentro, mis piernas son también el camino que las anda.
Celebremos, pues, esta Cumbre de la Madre Tierra. Y ojalá los sordos escuchen: los derechos humanos y los derechos de la naturaleza son dos nombres de la misma dignidad.
Fuente: Diario Público, 18/4/2010, p. 16

domingo, 18 de abril de 2010

Lean el informe de evasión de impuestos de GREENPEACE por 24.000.000 u$s. La "inocente" organización financiada por Fondo Rockefeller Brothers y la Fundación Turner



Un grupo de presión pide la investigación de Greenpeace por fraude fiscal, más abajo el fraude en la Argentina


Washington D.C., September 22 /PRNewswire/ -- - Según Public Interest Watch, la organización ecologista incumple las leyes fiscales y evade millones de dólares
Un grupo de presión sin ánimo de lucro ha presentado hoy una queja contra Greenpeace ante el Servicio de Renta Interna de EEUU (IRS, el equivalente a la Agencia Tributaria española) en la que urge a esta agencia a que investige las declaraciones de impuestos de la organización ecologista.
En un informe titulado "Green-Peace, Dirty Money: Tax Violations in the World of Non-Profits" (Greenpeace, dinero sucio: evasión fiscal en el mundo de las ONG), la organización Public Interest Watch detalla cómo Greenpeace, una de las organizaciones sin ánimo de lucro más reconocidas y visibles del país, viola consciente y sistemáticamente las leyes fiscales de Estados Unidos.
En el fondo de la cuestión se encuentra la forma en que la estructura compleja de Greenpeace enmascara el uso ilegal que hace de las aportaciones exentas de retención fiscal, según palabras de Mike Hardiman, director ejecutivo de Public Interest Watch (PIW).
"Las leyes norteamericanas diferencian claramente entre las aportaciones gravables y las que están exentas, y las formas en que pueden usarse cada una", afirma Hardiman. "Greenpeace ha ingeniado un sistema para utilizar las aportaciones exentas en actividades no exentas y, a veces, ilegales. Es una forma de lavado de dinero, simple y llanamente".
El informe detalla que durante tres años, una entidad vinculada a Greenpeace ha evadido 24 millones de dólares en contribuciones exentas de impuestos. Estas contribuciones se deben utilizar en programas educativos, pero fueron empleadas en actividades gravables.
La revisión de los documentos entregados al IRS y de los informes anuales de los ejercicios fiscales 1998, 1999 y 2000 indica que Greenpeace Fund Inc. canalizó contribuciones no gravables a programas no exentos en las cantidades de:


- 3,8 millones de dólares hacia Greenpeace Inc. en 1998.
- 4 millones hacia Greenpeace International y otras afiliadas en 1998.
- 4,25 millones hacia Greenpeace Inc. en 1999.
- 3,8 millones hacia Greenpeace International y otras afiliadas en 1999.
- 4,5 millones hacia Greenpeace Inc. en 1999.
- 3,7 millones hacia Greenpeace International en 2000.
- 0,8 millones hacia afiliadas de Greenpeace en otros países en 2000.


Algunos ejemplos de las actividades gravables emprendidas por las organizaciones receptoras son:


- Bloqueo de una base naval en protesta por la guerra de Irak.
- Abordaje de un petrolero para colgar una bandera.
- Irrupción en el edificio de control de una central nuclear.
- Bloqueo de las puertas de una planta gubernamental de investigación.


"La ley dice que las aportaciones no gravables deben dedicarse a programas exentos de impuestos. Greenpeace gasta esas aportaciones en programas sometidos a gravamen, algunas veces ilegales, lo que supone una clara violación de la ley", asegura Hardiman.
Dado que Greenpeace recibe importantes donativos de grandes entidades, como el Fondo Rockefeller Brothers y la Fundación Turner, el informe también pone en duda la contabilidad de esos donantes.
"Las fundaciones que realizan aportaciones exentas de impuestos son responsables de verificar que el dinero que donan se usa adecuadamente", explica el responsable de Public Interest Watch. "En este caso, los fondos recaudados no se usan apropiadamente, lo que puede significar dos cosas: o las fundaciones no tienen ni idea de cómo gasta Greenpeace su dinero, o están ayudando conscientemente a Greenpeace a incumplir la ley".
Además de una investigación por parte del IRS, el informe solicita una serie de medidas:


- Mayor supervisión por parte de las fundaciones donantes.


- Investigaciones civiles sobre Greenpeace a nivel federal y estatal.


- Aplicación de la ley de California para las organizaciones sin ánimo de lucro.


"Lo que están haciendo estas organizaciones es, simplemente, reírse del gobierno. Están financiando sus operaciones con aportaciones deducibles, lo que supone al gobierno y a los contribuyentes un gasto importante cada año", argumenta Hardiman. "También están ignorando las condiciones impuestas por la ley para garantizar que estos grupos, financiados por los contribuyentes, sirven realmente al interés público".
Hardiman también ha manifestado que PIW están considerando la posibilidad de presentar una demanda en virtud de varios artículos del Código de Empresas y Profesiones del estado de California. Este tipo de demandas se conocen comúnmente como 'demandas 17200'.
"El estado de California dispone de una serie de estatutos aprobados para proteger a los ciudadanos frente a las actividades ilegales de las organizaciones sin ánimo de lucro. En el caso de Greenpeace, su incumplimiento claro de la ley fiscal significa que el fiscal general del estado debe emprender acciones legales. Si el fiscal general no muestra la disponibilidad necesaria, le pediremos que conceda a PIW el status de 'acusación particular' para que podamos proceder contra Greenpeace".
Según la ley 17200, el fiscal general de California puede conceder a una persona o a una entidad el status de acusación particular para emprender acciones legales en nombre del pueblo del estado de California.


Public Interest Watch


Public Interest Watch (PIW) fue creada en 2002 en respuesta al creciente abuso de los fondos de caridad por parte de las organizaciones sin ánimo de lucro y a la falta de esfuerzos, por parte de las agencias gubernamentales, para solucionar este problema. PIW lucha contra el abuso de los fondos de caridad mediante la exposición de casos individuales de abusos y también a través de la presión para obtener un mayor control gubernamental, incluyendo la aprobación de leyes que obliguen a las organizaciones sin ánimo de lucro a ser más transparentes en sus actividades y financiación.
PIW es una asociación sin ánimo de lucro con sede en Washington y con oficinas en California. PIW es una organización exenta de impuestos, según las leyes estadounidenses, lo que significa que las aportaciones a esta asociación no son deducibles. 


Para más información, visite http://www.publicinterestwatch.org/.
Contacto: Mike Hardiman, tel. +1 202 431 1467


En la Argentina


Recordamos que en febrero del corriente año fue cuestionada la supuesta «denuncia» de Greenpeace sobre el derretimiento del Glaciar Upsala (ver REGION® Nº 649, «Aseguran que la noticia del Glaciar Upsala es un nuevo fraude de Greenpeace»). En este sentido, y en referencia al «Proyecto Yaguareté», Eduardo Ferreyra, presidente de la Fundación Argentina de Ecología Científica, apunta: «Era de esperar algo así, ya que Greenpeace ha sido atrapado varias veces cometiendo fraudes científicos en sus denuncias y campañas. Los casos resonantes en la década de los 90 fueron denunciados y demostrados por periodistas de Dinamarca (Leif Blaedel), y de Islandia (Magnus Gudmunsson), cuyas denuncias terminaron provocando la renuncia de Bjorn Oekern, presidente de Greenpeace Noruega, y las posteriores denuncias de fraudes con cuentas secretas en Suiza de sus directivos, por parte de Frans Kotte ex-jefe de contadores de Greenpeace International. La historia se sigue repitiendo. Sin embargo, seguirá habiendo ingenuos que aporten sus dineros a las campañas de Greenpeace». 



El proyecto Yaguarete Mentiroso

En el año 2000 Greenpeace reunió cien mil dólares aportados por sus contribuyentes a través de tarjetas de crédito, donaciones telefónicas o de otro tipo. Con ese dinero adquirieron una camioneta, un teléfono satelital, cuatro jaulas-trampa y cuatro collares con sistema de detección satelital para colocarlos a otros tantos felinos, tarea que quedó a cargo del biólogo Pablo Perovic. Se contrató además a la empresa francesa Argos para que hiciera el seguimiento satelital de los collares que se colocarían en los felinos. El 8 de diciembre de 2001, Greenpeace anunció que, luego de casi dos años de fracasos, Perovic había atrapado a una hembra de yaguareté de 90 kilos en las cercanías de Orán.



El escándalo

Pero hace un mes, el baquiano Pablo Corro denunció que Perovic y el representante de Greenpeace, Emiliano Ezcurra, le habían ofrecido pagarle mil pesos mensuales para que paseara el collar satelital a caballo, ya que nunca habían podido capturar a un tigre. Corro, en realidad, según dice, hace la denuncia porque nunca le pagaron los ocho mil pesos acumulados en esas cabalgatas.
Corro quedó incorporado al proyecto que manejaba un presupuesto de cien mil dólares, más el aporte de la empresa Pan American Energy. Al fracasar la captura, el collar satelital habría sido colocado a un ternero y luego «paseado» a caballo. El dueño del ternero, el vecino Germán Arias, ratificó ante escribano en Orán el relato de Corro. Dijo que durante siete meses el animalito estuvo con el collar, paseando por los cerros, y que se lo quitaron porque había crecido y se estaba estrangulando.
Los lugareños sostienen que Greenpeace nunca pagó los mil pesos prometidos a Corro por pasear a caballo el collar una vez que se lo quitaron al ternero. También se manifiestan decepcionados porque a los vecinos cuyo ganado fue muerto por yaguaretés nunca se los indemnizó, tal como prometió Greenpeace para evitar que los lugareños eliminen a la fiera. 
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